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Nueva York Dot Reglas de registros para los conductores intraestatales
El Departamento de Estado de Nueva York de Transporte (NYSDOT) mantiene y hace cumplir ciertas reglas que requieren mantenimiento de registros de las horas de servicio. Estas reglas se aplican a los conductores de camiones de motor en poder y se utiliza para el transporte interestatal de bienes para el alquiler y para los conductores de autobuses de motor en poder y se utiliza para el transporte interestatal de pasajeros de alquiler. Servicio de registro

Los conductores están obligados a mantener un registro de servicio que muestra el día, la hora y el lugar que el conductor empezó y terminó cada viaje viajes transporte de mercancías o pasajeros. Cada controlador mantiene el registro de los servicios listos para ser inspeccionados en cualquier momento por un funcionario del NYSDOT.
Horas de Trabajo

El propósito del registro de servicio es llevar la cuenta de el número total de horas de conducción por día y por semana. Los conductores de camiones y autobuses de motor de motor se les permite conducir sólo un cierto número de horas durante un período de 24 horas y durante un período de siete días. El número de horas de conducción permitidas está regulada tanto por la ley estatal (artículo 9-A (horas de trabajo de los operadores de camiones de turismo y autobuses) de las (TRA) La ley de transporte de Nueva York) y la ley federal (Título 49 CFR § 395 (horas de servicio de los conductores)).

Los conductores de camiones de motor se les permite conducir sólo por un período de 14 horas dentro de un período de 24 horas, y se rompe no se extiende el período de 14 horas. Este plazo se reduce a un período de 11 horas, si el conductor ha estado fuera de servicio durante 10 días consecutivos.

Los conductores de autobuses de motor se les permite conducir sólo por un período de 15 horas dentro de un periodo de 24 horas , y se rompe no se extienden más allá del período de 15 horas. Este plazo se reduce a un período de 10 horas, si el conductor ha estado fuera de servicio durante ocho días consecutivos. Los conductores de autobuses de motor que son propiedad de una autoridad de transporte público se les permite conducir por un total de 12 horas después de haber estado fuera de servicio durante ocho horas consecutivas, y los conductores deben tener un período de 24 horas fuera de servicio por cada período de siete días consecutivos .

Ningunos conductores se les permite conducir por más de un total de 60 horas durante un período de siete días consecutivos.

Exenciones

El tiempo de conducción se puede ampliar lícitamente en el caso de un acto de Dios que crea condiciones para dicha ampliación.

Los conductores de autobuses de motor que funcionan bien en un horario diario o semanal fijo, o en su totalidad dentro de un 100 millas radio del garaje de autobuses de motor o terminal, no están obligados por ley a mantener un registro. El NYSDOT lugar coloca el requisito de mantener un registro de servicio para estos conductores en las empresas de los autobuses de los motores.

Los conductores de camiones de motor que trabajan directamente para un agricultor y que está transportando productos agrícolas, lácteos o la horticultura privados propios y materiales de la granja al mercado, lechería o almacenamiento, están exentos de las disposiciones de este reglamento. Además quedan excluidos los saboteadores y los camiones de remolque, vehículos militares operadas por personal militar en servicio activo;. Y empleados públicos que trabajan para restaurar o mantener el servicio de electricidad, agua, teléfono, gas o vapor durante una interrupción imprevista del servicio


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