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Etiqueta de DOT Reglamento
Bumpers son escudos de plástico, caucho o metal montada en la parte delantera y trasera de la mayoría de los vehículos. Ellos utilizan absorbedores de energía, soportes especialmente diseñados o materiales de amortiguación para absorber el impacto de una colisión a baja velocidad. La Administración Nacional de Seguridad de Tráfico en Carreteras, NHTSA, una rama del Departamento de Transporte, temas Federal Motor Vehicle Safety Standards que establezca los requisitos mínimos de rendimiento de seguridad para todos los coches de parachoques de pasajeros. Aplicación

49 CFR Parte 581, el Departamento de paragolpes de serie del Transporte, define los requisitos de desempeño sólo para turismos. El objetivo principal de la norma es reducir el daño físico de las colisiones de bajo impacto, no para reducir lesiones de los pasajeros. Regulaciones pegatina están diseñados para proteger enfriamiento, el combustible o los componentes del sistema de escape, así como los componentes relacionados con la seguridad, tales como las luces de estacionamiento, faros y luces traseras. Camionetas, minivans y vehículos utilitarios deportivos no están cubiertos por la norma debido al impacto potencial de los resultados comerciales fuera de carretera.
Velocidad Requisito

La norma parachoques establece los requisitos de velocidad para los parachoques delantero y trasero del coche. Requisitos han cambiado cuatro veces desde la norma fue emitida por primera vez en 1971, sino que varían según el año del modelo del vehículo. Desde 1972 hasta 1978, la norma requiere de daños por colisión con los proyectores y sistemas de combustible a 5 mph, los parachoques delanteros y 2,5 mph para los parachoques traseros. Para 1979, la Fase I norma prohíbe cualquier daño a las partes relacionadas con la seguridad y las superficies exteriores del vehículo a 5 mph, pero no limitó el daño al sistema de parachoques. Coches paragolpes fabricados entre 1980 y 1982 tuvieron que soportar un impacto de 5 mph sin daños en el sistema de seguridad y no hay daños en la defensa superior mella 3/8-pulgada y no más de desplazamiento 3/4-pulgada, un requisito conocido como Fase II. A partir de 1983, las velocidades de impacto se redujeron a 2,5 kilómetros por hora durante las colisiones delanteras y traseras y 1,5 kilómetros por hora durante los impactos de esquina, y la Fase I de los criterios de daño se restableció.
Altura Requisito


paragolpes de serie del DOT requiere protección contra impactos en la región de 16 a 20 centímetros por encima de la superficie de rodadura. Este requisito sólo se aplica a los turismos. Camionetas, todo terrenos y furgonetas no están cubiertos por la altura de la defensa varía en función de la distancia que necesitan para funcionar adecuadamente.
Medios de protección

Fabricantes puede proporcionar la necesaria protección contra impactos por cualquier medio que eligieron. Se auto-certificar sus defensas con el fin de cumplir con la norma. El DOT no se exige a los fabricantes que revelen datos de rendimiento sobre los nuevos parachoques calcomanías para automóviles, más lista esta información voluntariamente

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